CC GRUPO KAWSAY - RONALD CALLASI USCCA
  ESCUELA DE LIDERES
 



Escuela de Lideres _ Proyecto

GRUPO CC KAWSAY LIDERES 

¿Qué es C&I LIDERES DE NUEVO MUNDO?
Somos una asociación civil sin fines de lucro, liderada por profesionales, que desde 2004, venimos trabajando para lograr una Visión Local, Regional y Nacional compartida de largo plazo, y por la difusión y promoción de la Responsabilidad Social (RS) como metodología de gestión empresarial, para que la escuela se convierta en agente de cambio para alcanzar el Desarrollo Sostenible del Perú.
Para realizar esta labor, contamos con el compromiso y apoyo de diversas empresas que operan en nuestra localidad y del país, las cuales forman nuestro Patronato.

MISION

"Liderar al sector Educativo al logro de la Visión Nacional compartida, haciendo que la escuela actúe como agente de cambio para el desarrollo del país, incorporando la responsabilidad educativa como una herramienta estratégica de gestión"

Objetivos

1. Liderazgo en Responsabilidad Social
Servicios a los miembros del patronato
Comunicaciones de la RS de las empresas
Desarrollo de metodologías y publicaciones sobre RS de las empresas
Realización de actividades y eventos difusores de la RS de las empresas
Generación de alianzas estratégicas para el logro del desarrollo sostenible del país

2. Ser Agentes de Cambio
Diseño y ejecución de proyectos de RS de las empresas y desarrollo sostenible
Asesorías y capacitaciones en RS de las empresas

VISION

Un Perú Próspero, Pacífico, Democrático Y justo
…donde todos seamos educados con valores y conocimientos necesarios para hacer realidad
nuestras aspiraciones a través de un aprendizaje estimulante y digno
…un país con instituciones sólidas y transparentes que garanticen los derechos de la persona, el cumplimiento de la ley y la iniciativa privada
…un país hospitalario y solidario, orgulloso de su inmensa diversidad natural, cultural y social
…Un país donde podamos vivir con alegría


CUSCO - VISIÓN REGIONAL

Cusco al 2021
Cusco es una Región líder, articulada e integrada, plural y cohesionada, orgullosa de su historia, coherencia cultural y biodiversidad. Tiene un elevado nivel de calidad de vida sobre la base de una economía dinámica a partir del aprovechamiento sustentable de sus potencialidades naturales y culturales con énfasis en turismo, agroindustria, energía y minería.
La participación ciudadana es efectiva, solidaria y éticamente comprometida y consolida la institucionalidad local y regional.
Su potencial humano está en permanente educación y capacitación, que lo hace altamente competitivo.


ESTATUTO

NOMBRE, DOMICILIO, PLAZOS Y FINALIDADES

Articulo 1: La Asociación civil sin fines de lucro se denomina “CC GRUPO KAWSAY”, pudiendo utilizar la denominación abreviada de “
CC GRUPO KAWSAY”. Esta Asociación es un organismo no gubernamental.

Artículo 2: La Asociación tiene su sede principal y domicilio en la ciudad de Espinar y podrá establecer filiales y oficinas en los distritos y otras ciudades del país o del extranjero.

Artículo 3: El plazo de duración de la Asociación es indefinido. La Asociación inició sus actividades el día 04 de Enero de 2007.

Artículo 4: Son fines de la Asociación promover el desarrollo educativo y cultural de la sociedad peruana de manera individual y comunitaria para poder lograr su desarrollo y bienestar social, mediante la realización de actividades orientadas principalmente a lo siguiente:

a. Desarrollar e implementar programas, políticas y planes en actividades educativas, culturales, científicas y artísticas dirigidas a incentivar la participación de los diferentes sectores de la sociedad que permitan el diálogo regional y nacional tendiente a forjar, a largo plazo, una visión del Perú como un país próspero en el cual se respeta la iniciativa privada, las libertades individuales, la cultura del éxito, la pluralidad y, en general, los valores éticos universales.

b. Desarrollar e implementar programas, políticas, planes y actividades que promuevan las habilidades necesarias para incrementar la conciencia de responsabilidad social y autosuficiencia en el desarrollo de actividades económicas de parte del Estado y de los privados en general, así como el respeto a la persona humana y sus libertades, incentivando la preservación del medio ambiente en el desarrollo de actividades económicas y tecnológicas.

c. Establecer relaciones con toda clase de instituciones, públicas o privadas dedicadas a fines similares, del país y del extranjero, a fin de cooperar con el desarrollo de actividades dirigidas al desarrollo y bienestar de la sociedad peruana en general y otras actividades de mutuo interés que contribuyan al cumplimiento de las metas de desarrollo de la persona. Para ello, la Asociación podrá establecer interrelaciones y/o capítulos regionales dentro del territorio peruano.

d. Promover e incentivar el desarrollo de proyectos de investigación científica, públicos o privados, a través de concursos o eventos culturales afines, como mecanismo de alcanzar el desarrollo y bienestar de la sociedad peruana en general de la educación.

e. Desarrollar programas, talleres, seminarios, foros, debates que promuevan el desarrollo y la actualización de los profesionales de nuestro entorno, realizando el intercambio de experiencias y de canalización de sugerencias a favor de la educación nacional.


f. Realizar, en general, toda clase de actividades que procuren el mantenimiento del patrimonio histórico y cultural del Perú así como la preservación de nuestra identidad como nación peruana.

g. Desarrollar programas que orienten a los padres de familia en el tratamiento de diversos tópicos relacionados con la formación y educación de sus hijos, respetando sus derechos y atendiendo a sus necesidades.

h. Proporcionar a los estudiantes herramientas para alcanzar mejores aprendizajes


Para el cumplimiento de sus fines, la Asociación podrá realizar todos los actos y contratos, con personas naturales y/o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, dentro o fuera del territorio de la República, que le permitan contar con recursos e ingresos que serán destinados a satisfacer sus objetivos


DE LOS ASOCIADOS Y SU ADMISION

Articulo 5: La Asociación tendrá asociados fundadores, honorarios y adherentes.

Los asociados fundadores son aquellos que firmaron el acta de constitución de la Asociación. Los asociados honorarios son aquellos propuestos por el Directorio y designados por el Consejo Consultivo en virtud a méritos extraordinarios o servicios especiales prestados a la Asociación. Los asociados adherentes son aquellas personas naturales propuestas por cualquier otro asociado y aceptadas por el Directorio que desean pertenecer a la Asociación Para ser admitido deberá firmar una carta compromiso aceptando cumplir y respetar los fines de la Asociación. Así mismo deberán firmar el libro del Padrón de Asociados.

Artículo 6: Los asociados gozan de los derechos y beneficios siguientes:

a. Participar activamente en la vida institucional y asistir a las sesiones de Asamblea General.

b. Elegir y ser elegidos de acuerdo a las normas pertinentes de este estatuto social.

c. Proponer a la Asociación, a través del Directorio, su pronunciamiento en los asuntos que le conciernan a la Asociación.

d. Solicitar al Presidente del Directorio la convocatoria a Asamblea General conforme a lo establecido en este estatuto.

e. Separarse de la Asociación por renuncia escrita.

f. Ejercitar, en general, todos aquellos derechos que les confiera la ley y este estatuto.

g. Proponer al Consejo Consultivo la Lista de Candidatos a Presidente de Directorio y Directorio.

h. Proponer al Consejo Consultivo los Directores que se requieran para cubrir las vacantes que se hubieran producido.

Artículo 7 : Los asociados tienen las siguientes obligaciones:

a. Cumplir fielmente las disposiciones de este estatuto y de los reglamentos que se dicten, así como acatar los acuerdos y resoluciones que adopten las autoridades de la Asociación.

b. Participar activamente en las tareas de la entidad y contribuir eficazmente a su desenvolvimiento.

c. Contribuir al sostenimiento de la Asociación abonando puntualmente, de ser establecidas por el Directorio, sus cuotas y otras obligaciones de orden económico.

d. Desempeñar fielmente cargos o encargos encomendados por el Directorio o la Asamblea General.


DE LOS ORGANOS DE LA ASOCIACION

Artículo 8: Son órganos de la Asociación:

a. La Asamblea General de Asociados.

b. El Consejo Consultivo.

c. El Directorio.

d. La Gerencia.

e. El Patronato.

f. De los recursos

g. De la liquidación y resolución


DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS

Articulo 9: La Asamblea General es el órgano supremo de la Asociación y está constituida por todos los asociados.

Artículo 10: Todos los asociados constituidos en Asamblea General debidamente convocada, decidirán sobre los asuntos propios de su competencia, de acuerdo a este estatuto. Todos los asociados, incluyendo a los disidentes y los que no hayan participado en la reunión, quedan sometidos a las decisiones legítimamente adoptadas por la Asamblea General.

Artículo 11: La Asamblea General se reunirá obligatoriamente una vez al año para pronunciarse, entre otros temas, de los siguientes:

a. Aprobar la Memoria Anual, el Balance y el Estado de Ingresos y Egresos del ejercicio.

b. Elegir a los miembros del Directorio, en base a las listas de candidatos propuestas por el Consejo Consultivo.

c. Designar a los auditores.
La Asamblea General deberá ser convocada por el Presidente del Directorio, en los casos establecidos en el estatuto, cuando lo acuerde el Directorio o cuando lo solicite por lo menos la décima parte de los asociados. La convocatoria deberá realizarse mediante publicación en un diario de mayor circulación, por una vez, con 15 días de anticipación a la fecha designada para la Asamblea General, y la reunión se realizará en el domicilio de la Asociación en la ciudad de Lima.

Artículo 12: La Asamblea General, además de las atribuciones señaladas en el artículo anterior, tiene las siguientes atribuciones:

a. Modificar o interpretar los estatutos.

b. Acordar la fusión, disolución y liquidación de la Asociación.

c. Autorizar la adquisición y transferencia de bienes inmuebles.

d. Discutir y resolver cualquier otro asunto que hubiese sido objeto de la convocatoria u otro asunto de interés para la Asociación.

Artículo 13: En las reuniones de la Asamblea General sólo se tratarán aquellos puntos materia de la agenda señalada en la convocatoria, salvo en los casos en que se encuentre presente el 100% de los asociados y acuerden por unanimidad tratar otro tema.

Artículo 14: Presidirá la Asamblea General el Presidente del Directorio o a falta de éste el Vicepresidente. Si no concurriera ninguno de ellos la reunión será presidida por cualquier asociado elegido por los asociados presentes.

Artículo 15: Para las reuniones de la Asamblea General se requerirá en primera convocatoria la concurrencia de más de la mitad de los asociados. En segunda convocatoria bastará la presencia de cualquier número de asociados. Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple de los asociados asistentes o representados.
Para la adopción de los acuerdos referidos en los incisos a) y b) del artículo 8 del presente Estatuto se requiere del voto favorable de las dos terceras partes de los asociados asistentes o representados.

Los asociados pueden ser representados en Asamblea General, por otro asociado. La representación deberá ser otorgada por escritura Pública. La representación también podrá ser otorgada por otro medio escrito y sólo con carácter especial para cada Asamblea General.
En caso de empate para la adopción de acuerdos, quien presida la asamblea decidirá emitiendo un voto dirimente, además del que le pudiera corresponder como asociado.
Cada asociado, sin distinción alguna, tiene derecho a un sólo voto.


DEL CONSEJO CONSULTIVO

Articulo 16 : El Consejo Consultivo está conformado por todos quienes hubiesen desempeñado el cargo de Presidente del Directorio. Asimismo por quien se encuentre desempeñando el cargo de Presidente del Directorio.

Artículo 17: Son atribuciones del Consejo Consultivo:

a. Evaluar las listas de candidatos a Presidente de Directorio y Directores, propuestas tanto por el Presidente del Directorio saliente, como por cualquier grupo de asociados que representen a por lo menos el 10% del total de los asociados.

b. Proponer a la Asamblea General las listas de candidatura a Presidente de Directorio y Directorio.

c. Depurar el Padrón de Asociados.

d. Actuar como Junta de Disciplina.

Artículo 18: Los miembros del Consejo Consultivo podrán asistir a las Sesiones de Directorio y a participar en ellas con derecho a voz pero sin derecho a voto.


DEL DIRECTORIO

Articulo 19: La Asociación tendrá un Directorio integrado por un número impar mínimo de 11 y máximo de 19 Directores, los mismos que son elegidos por el período de dos años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
Todo asociado podrá ser miembro del Directorio.
Por lo menos 25% de los miembros del Directorio deberán ser miembros del Patronato.

Artículo 20: El cargo de Director no es delegable a terceras personas y es ad honorem.

Artículo 21: El Directorio contará con un Presidente y un Vicepresidente.
El Presidente del Directorio es elegido por la Asamblea General por un período de dos años. Para ser elegido Presidente es necesario haber ejercido el cargo de Director en el período inmediatamente anterior a su elección, pudiendo ser reelegido Presidente del Directorio o Director una vez concluido el período inmediato posterior al fin de su mandato.
El Vicepresidente del Directorio será elegido por el Directorio por un período de dos años.

Artículo 22: El Directorio sesionará ordinariamente por lo menos una vez cada dos meses y además cuando lo convoque su Presidente.
El Presidente del Directorio presidirá las sesiones, a falta de éste, presidirá la sesión el Vicepresidente del Directorio. Si no concurriera ninguno de ellos, la reunión será presidida por cualquier director elegido por los directores presentes.
El quórum para celebrar una Sesión de Directorio es la mitad más uno de sus miembros y las resoluciones deberán ser adoptadas por la mayoría simple de los asistentes. En caso de empate decidirá el voto de quien presida la Sesión además del que le pudiera corresponder como director.

Artículo 23: Las citaciones a los miembros del Directorio se harán por comunicación vía carta, facsímil o correo electrónico a la dirección señalada por cada director. Las citaciones se harán con una anticipación no menor de 48 horas, indicándose, día, hora, lugar y agenda de la reunión.

Artículo 24: Son atribuciones del Directorio:

a. Establecer las políticas institucionales.

b. Decidir sobre el Programa de Actividades de la Asociación y otros asuntos que someta a su consideración la Gerencia General.

c. Aprobar el Presupuesto Anual.

d. Aprobar el texto de la Memoria y el Balance General a someterse para la aprobación de la Asamblea General.

e. Nombrar los Directores que se requieran para cubrir las vacantes que se hubieran producido.

f. Aprobar la incorporación de nuevos miembros al Patronato.

g. Aprobar los actos y contratos que someta a su consideración la Gerencia General.

h. Aprobar las normas y reglamentos necesarios para el correcto funcionamiento de la Asociación.

i. Constituir, en caso de ser necesario, Comités de Trabajo, y nombrar a sus integrantes a propuesta del Presidente del Directorio.

j. Aprobar la incorporación de nuevos asociados Honorarios y Adherentes.

k. Acordar la convocatoria a Asamblea General.

l. Nombrar y remover al Gerente General.

m. Autorizar la contratación del personal no gerencial, a propuesta de la Gerencia General.

n. Supervisar la labor del Gerente General y demás funcionarios ejecutivos.

o. Supervisar la gestión financiera y presupuestal.

p. Establecer el Régimen de Poderes de la Asociación.

q. Delegar y/o sustituir, en todo o en parte, el ejercicio de las facultades conferidas en el Régimen de Poderes, pudiendo igualmente revocar las delegaciones y reasumir dichas facultades cuando lo estime necesario.

r. Aprobar todo gasto o inversión no considerado en el presupuesto o que exceda en 20% de lo previsto en la partida correspondiente.

s. Aceptar donaciones, subvenciones o legados.

t. Celebrar operaciones de crédito.


DE LA GERENCIA

Articulo 25: La Gerencia estará integrada por un Gerente General y por los Gerentes y sub Gerentes que el Directorio estime conveniente.

Artículo 26: El Gerente General es el funcionario ejecutivo de mayor nivel. Es nombrado por el Directorio, quien a su vez supervisa sus funciones.

Artículo 27: Son funciones del Gerente General:

a. Ejercer la Representación Legal en actos públicos y privados con las facultades generales del mandato.

b. Velar por el cumplimiento del Estatuto, Reglamentos y demás normas que se establezcan para la Asociación.

c. Proponer al Directorio las medidas que estime conveniente para la mejor marcha de la Asociación.

d. Proponer a un Director las empresas que podrían formar parte del Patronato.

e. Responder ante el Directorio por el cumplimiento del presupuesto y demás actos de la administración.

f. Proponer al Directorio la contratación o remoción de funcionarios de nivel ejecutivo.

g. Proponer al Directorio la contratación, remoción, asignación de funciones y remuneraciones a los demás integrantes del personal.

h. Someter a consideración del Directorio los programas de actividades y ejecutar los acuerdos que sobre ellos se adopten.

i. Llevar los registros y correspondencia de la Asociación.

j. Realizar las demás labores que le encomiende el Directorio.

k. Asistir a las reuniones del Directorio con voz pero sin voto.


DEL PATRONATO

Articulo 28: El Patronato se encuentra conformado por personas naturales o jurídicas que aportan dinero o servicios a la Asociación. Cada empresa del Patronato nombrará a un representante PRINCIPAL Y UN ALTERNO frente a la Asociación los que serán considerados asociados adherentes. Dichos representantes deberán ser altos ejecutivos de la empresa, como el Presidente, el Gerente General o el Gerente de un área especializado en los temas que patrocina la asociación. Si los asociados adherentes designados por un miembro del Patronato dejaran la empresa que representan, estos podrán permanecer como socios adherentes si lo desean, pero la empresa deberá nombrar nuevos representantes que serán también considerados asociados adherentes.
Los miembros del Patronato son propuestos por el Gerente General o por un Director y son aprobados por el Directorio. Para que la persona jurídica sea considerada miembro del Patronato, los representantes elegidos deberán firmar una carta compromiso aceptando cumplir y respetar los fines de la Asociación mencionados en el artículo 4 del presente Estatuto y firmar el libro Padrón de Asociados
Los representantes de patronato podrán ser elegidos miembros del Directorio de acuerdo a los establecido en los Artículos 19 y 20 del presente estatuto.

Artículo 29: La escala de aportes de los miembros del Patronato será determinada por el Directorio.


DE LOS RECURSOS

Artículo 30: Son recursos de la Asociación:

a. Las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus asociados

b. Los aportes de los miembros del Patronato

c. Lo recaudado por concepto de prestación de servicios y suscripciones

d. Las donaciones, subvenciones y legados aceptados por el Directorio

e. Las rentas de inversiones efectuadas por la Asociación


DE LA LIQUIDACION Y DISOLUCION

Artículo 31: La disolución de la Asociación será acordada por la Asamblea General, convocada expresamente para tal fin y deberá contar con el voto favorable de las dos terceras partes de los asociados de los asociados asistentes o representados.

Artículo 32: La Asamblea General que acordase la disolución de la Asociación deberá pronunciarse obligatoriamente sobre el destino de sus activos de libre disponibilidad a favor de una institución cultural sin fines de lucro, quedando a cargo del Directorio o de la Comisión Liquidadora que para dicho efecto nombre la Asamblea General, ejecutar el inventario y liquidación de las cuentas ante la Asamblea General.



DIRECTORES - CONSEJO DIRECTIVO

Callasi Uscca, Ronald
41424511
Lic. en Educación
Especialista Gestión de Procesos Productivos Empresariales
Especialista Ciencias Naturales
Maestrista en Gestión, Administración y Gerencia Educativa.

Carlos Landa, Fredy
Lic. en Educación
Especialista Educación Primaria

Huamani Huayhua, Juan Narciso
Lic. en Educación
Especialista Ciencias Naturales

Pacca Huamanvilca, Hercelio
Lic. Educación
Especialista Ciencias Naturales

DIRECTORES

COLABORADORES – EQUIPO DE INVESTIGACION


Transmitiendo filosofía

Desde 
CC GRUPO KAWSAY, venimos difundiendo la necesidad de que la educación incorporen la Responsabilidad Social (RS), como metodología de gestión. Ella constituye el medio por el cual los educadores podemos comprometernos a participar activamente en el Desarrollo Sostenible del país y del mundo.
La escuela como ser vivo dentro de la sociedad debe asumir su rol como Agente de Cambio para mejorar el entorno en el que se desenvuelve, y así lograr un país próspero, pacífico, democrático y justo; pilares de la Visión al nuevo siglo de nuestra asociación.
Es por ello que ponemos a disposición de los interesados, el Modelo de Responsabilidad Social para las Escuelas, desarrollado por 
CC GRUPO KAWSAY, el cual constituye un perfecto complemento actualizado y práctico, con el marco teórico presentado en "El ABC de la Responsabilidad Social Empresarial en el Perú y en el Mundo".

En este Modelo presentamos y sugerimos, además de una revisión muy rápida del concepto de la Responsabilidad Social, las Acciones a seguir por parte de la Escuela con cada uno de sus Grupos de Interés, los Beneficios generados a partir de estas acciones, tanto para la Empresa como para cada Stakeholder.
Finalmente, graficamos las diferentes iniciativas a través de Ejemplos prácticos, reales, de diversas Instituciones Educativas locales e internacionales

Con la generación del presente Modelo, 
CC GRUPO KAWSAY entrega una herramienta de trabajo al DOCENTE y a la comunidad en general, que facilitará el entendimiento y adopción de la RS social en sus organizaciones.

 
  CON UD. YA SON 18471 visitantes (47459 clics a subpáginas) HASTA HOY " GRACIAS POR SU VISITA: e-mail: ronaldcallasi@gmail.com ; facebook:https://www.facebook.com/rcallasi7 twitter:https://twitter.com/rocasedu  
 
**CAMBIAS TÚ, CAMBIAMOS TODOS, CAMBIA LA EDUCACIÓN EN EL PERÚ** Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
Registrarse gratis